“Por medio de la cual se ordena la baja de unos bienes muebles de propiedad del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y se dispone la destinación final de los lotes Nos. 2 y 3 y el ofrecimiento a título gratuito a demás entidades públicas del territorio del lote No.1”, se requiere que los bienes dados de baja sean ofrecidos a las entidades estatales en enajenación a título gratuito, conforme a lo establecido en el Decreto 1082 del 26 de mayo de 2015.